Esta sesión informativa fue con la Experta Independiente de Naciones Unidas sobre el disfrute de todos los derechos humanos por las personas mayores y los representantes de los órganos de Tratados de Derechos Humanos.
Los dos cofacilitadores, los Embajadores de Portugal y Brasil, dieron la bienvenida a todos a esta primera sesión informativa informal de las tres que se organizarán cómo parte del programa de trabajo entre sesiones del Grupo de Composición Abierta sobre el Envejecimiento este año. Invitaron a los ponentes a compartir su evaluación de las lagunas normativas que existen en el sistema internacional con respecto a los derechos humanos de las personas mayores y su protección en el marco de los mecanismos de derechos humanos existentes.
En primer lugar, intervino Claudia Mahler, Experta Independiente sobre el disfrute de todos los derechos humanos por las personas mayores. Señaló que la Declaración Universal de los Derechos Humanos debería incluir a las personas mayores de forma más explícita, no existe ningún órgano de vigilancia de los derechos de las personas mayores. Esto queda patente en el escasísimo número de recomendaciones específicas para las personas mayores que se han hecho en el proceso del Examen Periódico Universal (EPU), en comparación con los muchos miles sobre niños y personas con discapacidad, por ejemplo. Una convención específica de la ONU sobre los derechos de las personas mayores sensibilizaría a los distintos órganos de supervisión.
Continúo estableciendo que el actual marco de protección es inadecuado y no aborda cuestiones específicas; los tratados específicos pueden ofrecer valiosas orientaciones a los Estados miembros. El Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento de 2002 es un marco político y no un tratado de derechos humanos, por lo que su impacto es limitado, dado que no es jurídicamente vinculante.
Subrayo que desde la creación de OEWGA en 2010 y a lo largo de su mandato, todos los informes han puesto de manifiesto que el actual marco de derechos humanos no es suficiente para la promoción y protección de los derechos de las personas mayores.
Termino su intervención abordando la cuestión de la interseccionalidad y cómo no se abordan bien las distintas formas de discriminación interseccional contra las personas mayores. En la vejez, si eres pobre y tienes una discapacidad, por ejemplo, corres un riesgo mucho mayor y tal y como lo demostró la experiencia de COVID-19.
En segundo lugar, intervino Mohamed Ezzeldin Abdel-Moneim, Presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Reitero como el marco jurídico actual es insuficiente y fragmentario. Posteriormente resalto cómo su experiencia le ha demostrado que la creciente población de personas mayores tiene que ser tratada como un grupo vulnerable y a veces lo son más que otros, incluso en tiempos de crisis donde el impacto puede ser peor para ellos.
Reseñó cómo es importante que se aceleren los trabajos para lograr un nuevo marco jurídico que sea compacto, jurídicamente exhaustivo y plenamente vinculante. También se debe pedir a los Estados que adopten medidas provisionales para apoyar los derechos de las personas mayores. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales trabajará en un Comentario General y en cómo incorporar las ideas de Claudia Mahler a su diálogo con los Estados.
En tercer lugar, intervino Ana Peláez Narváez, Presidenta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Comenzó diciendo que el Comité es consciente de la situación específica a la que se enfrentan las mujeres mayores en relación con los derechos humanos. La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) cuenta con la Recomendación General 27 centrada en las mujeres mayores, que proporciona una orientación real. Las mujeres mayores también son tenidas en cuenta en el trabajo del comité de la CEDAW y en las revisiones gracias a las contribuciones de la sociedad civil.
Las mujeres mayores son consideradas en otras Recomendaciones Generales, por ejemplo la 33 – Acceso a la Justicia – donde existe conciencia de que la capacidad legal no está disponible u otras exclusiones incluyendo la institucionalización de las mujeres mayores reduciendo su acceso a la justicia son temas importantes. También se señaló que hay algunas mujeres mayores entre los expertos del Comité de la CEDAW.
El CEDAW está trabajando en una nueva Recomendación General 40 centrada en la participación igualitaria e inclusiva de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones en los sectores público y privado, donde las mujeres mayores no siempre pueden participar en igualdad de condiciones, y las aportaciones a este borrador son bienvenidas.
A continuación, Gertrude Oforiwa Fefoame, Presidenta del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Comenzó su intervención distinguiendo edad y discapacidad, dado que en multitud de ocasiones las confunden. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) no es adecuada para abordar la totalidad de los derechos humanos de las personas mayores, con lo cual no es la solución necesaria para esta cuestión. Es evidente que existe una necesidad crear una nueva convención de la ONU que aborde todos los derechos de las personas mayores.
Los tratados actuales de la ONU no abordan todos los derechos específicos de las personas mayores. Las personas mayores con discapacidad no deben ser ignoradas sólo porque se supone que están cubiertas por la CRPD, ya que algunas se enfrentan a que se les retiren sus prestaciones cuando se jubilan, por ejemplo.
Subraya que con demasiada frecuencia se considera a las personas mayores como beneficiarios y no como titulares de derechos, siendo muy necesario cambiar la mirada para que pasen de ser objeto de protección a titular de derechos.
En penúltimo lugar, Fiorella Melzi, Representante de Margarette May Macaulay, Relatora sobre los Derechos de las Personas Mayores, Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Empezó su intervención señalando cómo existe un tratado regional específico que ya han firmado 11 Estados. Y que debido a ese número de Estado se establecerá un mecanismo de seguimiento para supervisar la aplicación de este convenio.
En si intervención destacó la publicación del primer informe sobre los derechos humanos en la región en el que se identifican los problemas emergentes y se destacan ciertas prácticas estatales, por ejemplo, en relación con la falta de información estadística.
Analizó el marco regional donde constato que existen algunas leyes sobre el edadismo y la discriminación por edad, pero los Estados no garantizan su cumplimiento para erradicar el edadismo en todos los ámbitos del país siendo necesario mejorar y deben reforzarse las formas de abordarlo.
También subrayó la necesidad de proteger mejor la autonomía de las personas mayores reforzando los sistemas internacionales de asistencia y la integración en la comunidad debe incluir la participación de las personas mayores y también se han de reforzar los organismos gubernamentales para dotarles de las herramientas y el poder necesarios para ello.
Finalmente, Aoife Nolan, Presidenta del Comité Europeo de Derechos Sociales, Consejo de Europa. Constató como no existe un tratado, sino una disposición de amplio alcance en el artículo 23 que recoge una serie de derechos en Europa y en un ámbito más amplio. La disposición permite a las personas mayores seguir siendo miembros de pleno derecho de la sociedad, desempeñar una vida activa en la sociedad y en la economía, llevar una vida independiente, incluso mediante el acceso a una vivienda adecuada. Las personas mayores que viven en instituciones deben poder participar en las decisiones relacionadas con las condiciones de vida en ellas. Hace hincapié en la inclusión social y la ciudadanía igualitaria y activa. La disposición no menciona la institucionalización, contra la que ha presionado el Comité. Los Estados necesitan una legislación adecuada para combatir la discriminación por motivos de edad y los malos tratos a las personas mayores.
Establece cómo un tratado internacional aportaría un valor añadido muy necesario. Queda mucho por hacer en materia de derechos de las personas mayores y subrayo cómo es necesaria una norma internacional. El trabajo regional europeo no llena el vacío internacional. Un nuevo tratado internacional se centraría en este grupo que necesita atención y no la está recibiendo de los organismos generales. También es necesario crear capacidad sobre los derechos de las personas mayores para facultar a los órganos de los tratados a tratar de forma holística la discriminación por motivos de edad.
Termino su intervención diciendo que es importante que, como comité regional, nos fijemos en las mejores prácticas y normas internacionales para orientarnos, pero señala cómo la ausencia de una norma global internacional ha obstaculizado el trabajo del comité.
De todas las intervenciones se puede desprender que coinciden diferentes expertos tanto regionales como de otros comités en la necesidad de un marco jurídico universal vinculante que tenga en cuenta las especificidades de este colectivo. Parece que poco a poco se va haciendo realidad el proyecto de la convención internacional de los derechos de las personas mayores.
Es cierto que debido a la brevedad de la sesión no hubo tiempo para otras intervenciones y debates tras las presentaciones de los ponentes. Los cofacilitadores se han comprometido a ampliar el tiempo asignado a las próximas sesiones informativas a 2 horas para permitir el debate tras las aportaciones iniciales de los ponentes.
La siguiente sesión será el 8 de septiembre con el sistema de Naciones Unidas y posteriormente publicaremos más información al respecto dentro de nuestra pagina web y redes sociales.