17/05/2019
Este informe, elaborado por The Global Alliance for the Rights of Older People (GAROP) para la 10ª sesión del Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre Envejecimiento de Naciones Unidas (OEGWA), recoge lo que las personas mayores dicen sobre su derecho a la autonomía y la independencia.
Además de este informe, HelpAge International aportó un estudio sobre el derecho de las personas mayores a la protección social y a la seguridad social, y a la educación, la formación continua y el desarrollo de capacidades llamado “Vivir, no solo sobrevivir”, que ya publicamos anteriormente.
Estos informes tienen el objetivo de proporcionar información en las discusiones que se lleven a cabo sobre los elementos normativos de una futura Convención sobre los derechos de las personas mayores en las sesiones del OEGWA.
Recomendaciones sobre los elementos normativos del derecho a la autonomía y la independencia según el Informe “Nuestras voces, nuestros derechos”.
Las personas mayores tienen derecho a la autonomía e independencia en todos los aspectos de sus vidas de acuerdo con su voluntad y preferencias y en igualdad de condiciones con los demás. Las personas mayores dicen que reconocer, promover y proteger oficialmente este derecho es importante para ellos.
Las recomendaciones se basan en lo que las personas mayores dicen en la consulta y en las normas internacionales de derechos humanos existentes. En este sentido, en cada uno de los apartados normativos que se detallan se identifican los derechos de las personas mayores.
1. Libertad para decidir dónde y con quién vivir.
- Elegir dónde y con quién vivir en igualdad de condiciones que los demás.
- Acceder a una gama de servicios de apoyo en igualdad de condiciones en el hogar, la comunidad y otros entornos residenciales con el fin de fomentar una vida digna, autónoma e independiente e la inclusión en la comunidad donde elijan vivir.
2. Libertad para tomar decisiones sobre lo que importa en la vida.
- Tomar decisiones, determinar sus planes de vida y llevar una vida digna, autónoma e independiente de acuerdo con su voluntad y preferencias y en igualdad de condiciones que los demás.
- Que se respeten sus decisiones.
- Ser reconocidos como sujetos de derechos y tomar acciones legales en igualdad de condiciones que los demás.
3. Autonomía e independencia en las actividades cotidianas y participación en la sociedad.
- Acceder a una gama de servicios de atención y apoyo para permitirles vivir vidas dignas, autónomas e independientes y estar plenamente incluidos en la comunidad.
- Una participación plena, efectiva y significativa en la vida familiar, social, cultural, económica, pública y política, y en actividades educativas y de capacitación.
4. Decidir sobre los servicios de atención y apoyo.
- Recibir información sobre todos los aspectos de sus necesidades y servicios de atención y apoyo.
- Elegir y controlar sus servicios de atención y apoyo, y el derecho a recibir apoyo para permitirles ejercer este derecho.
- Dar y retirar en cualquier momento su consentimiento libre, previo, continuo e informado a todos los aspectos de sus servicios de atención y apoyo.
- Controlar la planificación, entrega y seguimiento de su atención y apoyo.
- Suscribir documentos legalmente vinculantes sobre el tipo de atención y apoyo que les gustaría recibir y quién los proporciona, en caso de que sea necesario en un futuro.
- Designar a una o más personas de confianza para ayudarles a tomar decisiones, de acuerdo con sus instrucciones, voluntad y preferencias, sobre su cuidado y servicios de apoyo.
5. Toma de decisiones respaldada.
- Recibir apoyo para permitirles tomar sus propias decisiones y elecciones de acuerdo con su voluntad y preferencias.
- Designar a una o más personas de confianza para ayudarles a tomar decisiones basadas en sus instrucciones, voluntad y preferencias.
- Suscribir documentos legalmente vinculantes para expresar sus instrucciones, voluntad y preferencias de antemano.
- Participar y desafiar cualquier decisión que interfiera con el ejercicio de su autonomía e independencia.
6. Decidir sobre los cuidados paliativos.
- Tener acceso a la información sobre todos los aspectos de sus opciones de tratamiento de salud y cuidados paliativos.
- Dar y retirar en cualquier momento su consentimiento libre, previo, continuo e informado para su tratamiento de cuidados paliativos y cualquier otro asunto de salud.
- Acceder a cuidados paliativos en un entorno que sea coherente con sus necesidades, voluntad y preferencias, incluidos, entre otros, en el hogar, en los centros de cuidados paliativos, en el hospital y en otros centros de atención y apoyo.
- Apoyo en la toma de decisiones sobre sus cuidados paliativos, incluido el derecho a designar a una o más personas de confianza para ayudarles a tomar decisiones basadas en sus instrucciones, voluntad y preferencias.
- Suscribir documentos legalmente vinculantes que establezcan sus instrucciones, voluntad y preferencias en cuanto a intervenciones médicas, cuidados paliativos y otro tipo de apoyo y atención al final de la vida, incluido el lugar donde se prestan los servicios de cuidados paliativos.